MAPA CONCEPTUAL EL TERRITORIO
El territorio o espacio nacional de un Estado, aunque debe estar claramente
definido gracias a una delimitación fronteriza respecto de los estados vecinos, no
puede contemplarse como una realidad espacial estática.
En efecto, el ámbito
geográfico propio de un Estado puede cambiar, ampliándose o reduciéndose, en el
transcurso de los siglos.
Es más, la aspiración a lograr la ocupación territorial, primero,
y político-económica, más tarde, por ciertos estados ha sido uno de los fines que más
directa y permanentemente han influido en la política exterior de los estados y, por
tanto, en las relaciones internacionales.
El marco espacial de un Estado lo podemos, a su vez, dividir en tres
subespacios con características, regulación y efectos diversos:
- el espacio terrestre;
- el espacio aéreo;
- el espacio marítimo;
Respecto del espacio terrestre, el Estado ejerce su soberanía y competencias
sobre todo el territorio específicamente delimitado por sus fronteras, y no sólo sobre la
superficie terrestre sino también sobre el subsuelo y cuantos recursos mineros y
energéticos contenga.
Ahora bien, este principio general presenta algunas excepciones y
matizaciones que conviene dejar bien sentadas.
En primer lugar, el espacio terrestre
de un Estado puede presentar discontinuidades más o menos significativas, en virtud
de las cuales el ejercicio de las competencias territoriales del Estado pueden verse
dificultadas por la existencia de zonas terrestres pertenecientes a estados distintos.
Otra cuestión importante y de gran actualidad, vinculada con el espacio
terrestre, la constituye la denominada plataforma continental, es decir el lecho marino
que desde la costa se adentra en las aguas marítimas adyacentes.
Respecto al espacio aéreo, la Convención de París de 1919 establecía en su
artículo 1.° la soberanía «completa y exclusiva» de todo Estado sobre su espacio
aéreo atmosférico.
Este principio ha permanecido incólume en las décadas
posteriores, concediendo a los estados total facultad de control de sus respectivos
espacios aéreos, sólo susceptible de limitarse mediante acuerdos expresos entre dos
o más estados.